The Case for a Genuine Gold Dollar --M. Rothbard
Ayer publicaron en el Mises Institute "The Case for a Genuine Gold Dollar" de Murray N. Rothbard. En este artículo se puede ver la visión clásica de la Escuela Austriaca sobre el "dinero". En el artículo Rothbard confronta su visión de "dinero" con la de Hayek y explica porqué se ha de volver al Patrón oro clásico.
Mientras que Rothbard defiende un retorno al Patrón Oro clásico y paridad fija del dólar respecto al oro (como de cualquier otra moneda). Hayek, por otra parte, mantenía una privatización del dinero basadas en "cestas" y con una fluctuación libre; aunque permitiendo el dinero del estado (Lo plasmó en su reducido libro "La Desnacionalización del Dinero" [no se si está descatalogado ya]). En este sentido la Escuela Austriaca aún sigue dividida. Por una parte, los defensores de los medios fiduciarios con libertad en el coeficiente de caja como George Selgin y Lawrence White y por otra los que apuestan por un total coeficiente de caja del 100% (sobre billetes y depósitos bancarios) como Hans-Hermann Hoppe, Jörg Guido Hülsmann, Walter Block y el mismo Jesús Huerta de Soto.
Si os interesa el tema podeís acceder a la página del Mises Institute "Money and Banking". Para ver la disputa que se mantiene podeis consultar los ensayos:
Todo y así, y hasta donde yo se, los defensores del coeficiente del 100% se enfrentan a qué hacer con los productos financieros privados apalancados. No sólo me refiero a los warrants u opciones tipo americanas (que son las de mayor aceptación) sino también de aquellos productos "personalizables" tipo forward que difícilmente pueden ser restringidos por la ley (y más aún a escala internacional). No me refiero al uso que puede hacer la banca de ellos, sino las empresas (grandes y pequeñas) y particulares.
En este sentido recuerdo el conjunto de malas operaciones que hizo la empresa Asturiana de Zing ya hace varios años; cuando especulando sobre futuros del zing fue incapaz de poder amortizar el subyacente (ya que en ningún momento creo que fue su intención) y a duras penas le llegó para la amortización de la prima. En otras palabras, ese "crédito" que tomó no estaba respaldado con ahorro por así decirlo, al menos en el espacio temporal de amortización de esta deuda (el contrato de futuros en si). Lo que a mi se me presenta aquí es ¿cómo "regular" o evitar esto? Sea como quiera ser, el tema está abierto.
Mientras que Rothbard defiende un retorno al Patrón Oro clásico y paridad fija del dólar respecto al oro (como de cualquier otra moneda). Hayek, por otra parte, mantenía una privatización del dinero basadas en "cestas" y con una fluctuación libre; aunque permitiendo el dinero del estado (Lo plasmó en su reducido libro "La Desnacionalización del Dinero" [no se si está descatalogado ya]). En este sentido la Escuela Austriaca aún sigue dividida. Por una parte, los defensores de los medios fiduciarios con libertad en el coeficiente de caja como George Selgin y Lawrence White y por otra los que apuestan por un total coeficiente de caja del 100% (sobre billetes y depósitos bancarios) como Hans-Hermann Hoppe, Jörg Guido Hülsmann, Walter Block y el mismo Jesús Huerta de Soto.
Si os interesa el tema podeís acceder a la página del Mises Institute "Money and Banking". Para ver la disputa que se mantiene podeis consultar los ensayos:
- "In Defense of Fiduciary Media" de George A. Selgin And Lawrence H. White.
- "Ludwig von Mises and the Case for Gold" de George A. Selgin.
- "Against Fiduciary Media" de Walter Block, Hanns-Hermann Hoppe y Guido Hulsmann.
- "A Critical Analysis of Central Banks and Fractional-Reserve Free Banking from the Austrian Perspective" de Jesús Huerta de Soto.
- "Free Banking and Fractional Reserves: Response to Pascal Salin" de Jörg Guido Hülsmann.
- "Free Banking and the Free Bankers" de Jörg Guido Hülsmann.
Todo y así, y hasta donde yo se, los defensores del coeficiente del 100% se enfrentan a qué hacer con los productos financieros privados apalancados. No sólo me refiero a los warrants u opciones tipo americanas (que son las de mayor aceptación) sino también de aquellos productos "personalizables" tipo forward que difícilmente pueden ser restringidos por la ley (y más aún a escala internacional). No me refiero al uso que puede hacer la banca de ellos, sino las empresas (grandes y pequeñas) y particulares.
En este sentido recuerdo el conjunto de malas operaciones que hizo la empresa Asturiana de Zing ya hace varios años; cuando especulando sobre futuros del zing fue incapaz de poder amortizar el subyacente (ya que en ningún momento creo que fue su intención) y a duras penas le llegó para la amortización de la prima. En otras palabras, ese "crédito" que tomó no estaba respaldado con ahorro por así decirlo, al menos en el espacio temporal de amortización de esta deuda (el contrato de futuros en si). Lo que a mi se me presenta aquí es ¿cómo "regular" o evitar esto? Sea como quiera ser, el tema está abierto.













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