Jorge Valín
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Jorge 

Valín

martes, julio 22, 2008

Las empresas con pérdidas podrán despedir sin dar explicaciones

Este es el fabuloso titular de El Economista:

"El Tribunal Supremo ha despejado el camino para que los despidos de las empresas con problemas económicos se consideren procedentes sin necesidad de justificar que tales medidas vayan a suponer la viabilidad de la sociedad".

"La sentencia, que unifica la doctrina del Tribunal Supremo, considera que no corresponde a la empresa probar que la medida adoptada era suficiente para superar la crisis, ni que se adoptaban otras medidas que garantizaban la superación de la crisis". Más>>

Si en plena crisis forzamos a las empresas a absorber más costes, a estas les será más difícil superar los malos momentos llegando a quiebras y cierres. El mercado laboral en este país está vergonzosamente regulado lo que siempre ha provocado altísimos niveles de desempleo, incluso en momentos de bonanza económica jamás se ha bajado del 5% (considerado por algunos como "pleno empleo"), lo que es una vergüenza. No sólo es una cuestión de eficiencia de la economía, sino que todos los grupos de la sociedad han de ser libres sin que unos vivan a expensas de los otros, que es el modo socialista y jamás ha dado buenos resultados.

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4 Comments:

Blogger Juan Fran said...

Pero la empresa no me puede despedir de gratis, tenemos un contrato firmado y si se rompe unilateralmente tendremos que llegar a un acuerdo sobre la indemnización.

19:29  
Anonymous Anónimo said...

Según dice la noticia no. Sería procedente.

21:36  
Anonymous Anónimo said...

Cuando eres tú el que te vas de la empresa, también es una rescisión unilateral del contrato y no por ello les tienes que indemnizar...
La indemnización por cualquiera de las partes solo sería justa si se hubiese acordado en el contrato.

21:43  
Blogger Yitux said...

todos los derechos y beneficios que se pretendan obtener deberan ser pactados en el contrato voluntariamente por ambdas partes... ni empleados ni empleadores deberian kerer ampararse en el estado

por ejemplo podria en el contrato decir q si me kieren despedir me tiene q avisar con 15 dias de anticipacion al igual que si yo voy a renunciar debere avisar con anticipacion, asi yo puedo buscar otro trabajo y en el otro caso ellos pueden buscar un remmplazo...saludos

20:54  

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