Jorge Valín
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sábado, abril 25, 2009

Individualismo metodológico sobre el aborto. Las responsabilidades no nacen del bien común. Respuesta a Albert Esplugas (II)

Albert Esplugas contesta mi crítica, a raíz de una nota que escribió en relación al aborto y obligación de cuidar a los niños por parte de sus progenitores. Uno de los puntos que no veía claro en la nota de Albert fue la siguiente afirmación: "los padres estarían obligados a cuidar de sus hijos". Albert nos lo relata matizando, con otros artículos, el significado de "obligados". Es una explicación más plausible:

"Los padres pueden traspasar el niño a otra familia (dadas ciertas condiciones que comento en la discusión del segundo artículo) sin que el sustento se vea interrumpido".

No voy entrar en esto, que ahora es secundario en esta nota, pero Albert, aunque lo niega en su segundo artículo, concibe totalmente que el niño es propiedad privada de los padres, o de la madre al menos. Para demostrar lo contrario hace una serie de piruetas qué no sé muy bien como se sostienen. Tal vez esto nos de pie a otra nota, pero de momento lo dejamos aquí para centrarnos en lo realmente importante para esta discusión.

Empezamos con lo interesante. Albert insiste en mantener unas obligaciones positivas fuera del contrato:

"Por otro lado, no entiendo a qué viene tanta reverencia por las obligaciones positivas derivadas de los contratos cuando se niega la obligación positiva que es consecuencia de poner a alguien en peligro".

Si la obligación positiva está fuera del contrato, ¿qué sentido tiene? Ninguna. Una obligación positiva es la contraparte, la deuda, de un contrato donde las partes han acordado una serie de derechos y obligaciones. La obligación positiva fuera del contrato, en una visión liberal, no tiene sentido alguno, es colectivismo. Son obligaciones nacidas de un jerarca moral. La relevancia es importantísima. A raíz de aquí, reprochaba a Albert que su visión de las obligaciones positivas son como el contrato social. En su réplica, el autor nos responde:

"La tesis que planteo no es ningún 'contrato social'. De hecho no es ni siquiera un contrato. Se trata, pura y simplemente, de no 'externalizar tus costes' como hace el Estado, sino de cargar con las consecuencias de tus actos cuidando de la persona que tú (y nadie más) ha puesto en una situación vulnerable y de dependencia. No tienes ninguna obligación de socorrer a gente que está en peligro por causas diversas ajenas a tu persona, pero sí tienes la obligación de socorrer a la persona que tú has puesto en peligro…". (Cursivas mías).

Desde un punto de vista liberal, la respuesta es sorprendentemente socialista. Primero, Albert defiende que su tesis de prohibir el aborto ha de ser impuesta por una causa de responsabilidad social, paternal en este caso. Algo así, está totalmente fuera del análisis del individualismo metodológico. El autor, esta vez, se proclama más responsable que los padres y les dice qué han de hacer y qué no:

"Se trata […] de cargar con las consecuencias de tus actos cuidando de la persona que tú (y nadie más) ha puesto en una situación vulnerable y de dependencia". (Cursivas mías).

La postura es arbitraria, anti individualista y colectivista. De hecho, es el mismo principio que usan los ecologistas (pero Albert no lo aceptará, por eso apunto que es arbitraria). Estos, como ya sabemos, afirman que las empresas (agrupación de actores económicos) y hombre singular ponen en peligro el planeta con sus actos al producir bienes, y en el consumo de estos y otros para su bienestar. Por ejemplo, ponemos gasolina al auto para satisfacer una necesidad. Lo que ocurre, es que algo así genera un coste que pone en peligro al planeta y lo vuelve más "vulnerable". Esto significa, que debido a la magnitud del hombre en la Tierra (somos muchos), situamos al planeta en una entorno de "dependencia" respecto a nosotros. Desde el punto de vista ecologista, el planeta se ha vuelto vulnerable y dependiente respecto a nosotros, la humanidad. ¿Solución? Imposiciones del científico, del político, del lobby para frenar tal situación. ¿Cuál? Multas, restricciones de todo tipo y prohibiciones. ¿Por qué el gobierno actúa así? Porque se proclama el responsable. Es un efecto causa-responsabilidad.

Tal análisis puede tener partidarios y detractores. ¿Por qué los liberales se oponen? Por el tipo de análisis y consecuencias. El análisis ecologista es colectivista: considera la sociedad y humanidad un todo, donde el individuo singular es una pieza del engranaje. El método del individualismo metodológico nos dice todo lo contrario: las restricciones al individualismo van contra las libres decisiones del actor económico y social. El hombre no mide las consecuencias de lo que supuestamente le pasa al planeta en el muy largo plazo porque no lo percibe o no tiene sufriente información como para aceptarlas como verdad. ¿Por qué para el mercado el petróleo no se agota? Porque su precio aún es bajo. Cuando se dispare, el mercado lo considerará escaso y buscará alternativas. El hombre siempre ha actuado así. El mercado evoluciona por esta razón, porque se encarga de satisfacer la más urgente de las necesidades, no las que no conoce ni puede predecir.

En el caso de la nota de Albert, el autor nos indica que la responsabilidad no nace de las consecuencias directas del hombre libre sobre el mismo, sino que algunas (de ahí la arbitrariedad), han de ser impuestas por alguien con una visión más social y global, el jerarca. Es éste quien interpreta el devenir de la sociedad de forma recta, ya que el hombre en libertad es incapaz de medirlas debido a su "limitada" visión social.

Hemos de dejar meridianamente claro que una obligación negativa, sólo puede existir si hay una contraparte expresa que ha dado su consentimiento. La obligación positiva es una deuda contraída con alguien. La obligación negativa sólo puede nacer de un contrato, fuera de éste, no tiene sentido alguno. Reitero lo que apunté en mi nota anterior, la extrapolación que hace Albert de las obligaciones negativas, son lo mismo que el contrato social. Esto significa que será partidario, por ejemplo, de constituciones o cartas magnas, esto es: de las obligaciones negativas del Estado. ¿El Estado tiene derecho a proclamarse defensor o tomar responsabilidades de nada sin el consentimiento expreso del hombre? Sí en el caso de Albert, ya que descontextualizamos la obligación negativa.

El autor me pregunta:

"… [S]i coges a un niño a cuestas para enseñarle a nadar en el mar y luego, cuando estás mar adentro, te cansas y no estás dispuesto a hacer el sacrificio de devolverlo a la orilla, ¿puedes abandonarlo allí mismo y dejar que se ahogue? ¿Tienes la obligación positiva de devolverlo a la orilla o tienes derecho a dejar que se ahogue?"

Como el tema "niño" acelera el corazón de todo el mundo, lo podemos cambiar por persona de cuarenta años que no sabe nadar, si queremos. No existe la obligación positiva de ayudar a nadie. Albert confunde obligación positiva, que no es más que una imposición moral, con castigo posterior de la justicia (no confundir con "la ley"). En el caso que alguien deje a otra persona en medio del mar y ésta no sepa nadar, no se le puede obligar al primero a rescatarlo, como tampoco se le puede obligar a quien es un simple espectador. No se puede discriminar en este aspecto, es arbitrariedad. En todo caso, y esto es lo importante, si el "abandonado" (palabra un tanto dramática) muere, tendremos que ver si quien lo ha dejado ahí es culpable de asesinato. Con la poca información que tenemos, responderemos que sí, y éste tendrá que ser castigado por la justicia. No será castigado por haber fallado a su "responsabilidad positiva", ya que no existe, sino que será castigado por haber atentado contra uno de los pilares del derecho natural: la vida de otra persona.

Ahora, relacionamos esto con el aborto. ¿Ha de ser la madre castigada por la justicia por abortar? No. ¿Por qué? Porque no atenta contra la vida de nadie. El feto no tiene derechos ni obligaciones, no puede entenderlos ni seguirlos ni responder por nada que haga. El feto es propiedad privada de la madre. El feto roba producción a la madre sin su consentimiento (en el caso que ella no lo desee). La madre tiene todo el derecho a abortar. No se la puede considerar una criminal. Aquí, Albert no contestó a un punto de mi crítica. ¿Si el feto tiene derechos, por qué no lo tienen los animales? También son seres vivos.

En este punto me hace una pregunta directa otra vez:

"¿[A]ceptas que si alguien crea un incendio deliberadamente, con la intención de que se queme el edificio entero, tiene la obligación de socorrer a los que están dentro? En otras palabras, la obligación de evitar que se consume el crimen en su totalidad".

Lo que acabamos de ver. No tiene obligación (moral) alguna de hacer nada. En una acusación individual —o varias— se le acusará de delitos contra la propiedad privada y la vida. El mal está hecho, y aunque no muera nadie, el causante del desastre, seguirá siendo culpable de crímenes y tendrá que pagar los costes que ha ocasionado. No se puede acusar a alguien por lo que ha hecho, y a la vez, por lo que no ha hecho (no ayudar). Es un juicio moral, anti individualista, arbitrario y colectivista. Sin darse cuenta, Albert considera al criminal como tal sin contemplar que tal vez no lo sea. Creo, y esto es un juicio personal que intuyo por lo que he leído, que Albert no distingue entre defensa y juicio posterior. Las reglas de cada uno son diferentes. Luego lo volveremos a anotar.

En este punto el autor da vueltas sobre lo mismo una y otra vez. Nos pone otro ejemplo, pero con un coche bomba ahora:

"Alguien que pone un coche bomba quizás solo quiere dar un susto a las autoridades sin que haya muertos, pero si varios civiles entran en el auto justo cuando explosiona, su intención no le exime de responsabilidad. La acción de colocar la bomba fue deliberada, y la bomba es la causa única y previsible de la explosión y sus consecuencias. Si los civiles dentro del coche siguen vivos ardiendo, ¿no tiene el individuo que los ha puesto en esa situación la obligación de socorrerles? ¿Tiene derecho a 'no poner en peligro su vida' o a no realizar un 'acto de solidaridad o altruista'? No se le pide [exige] que sea 'solidario', sino que salve la vida de aquellos a los que ha puesto en peligro de muerte y están agonizando por su culpa. En el caso de los progenitores no existe este componente de 'agresión' y 'culpa', pero sí son la causa de que el nuevo ser exista y se encuentre en una posición vulnerable/dependiente (en peligro de muerte)."

Da igual lo que pretenda quien pone un coche bomba. Directamente es culpable de atentar contra la vida de otros y destrozar la propiedad privada ajena. No es cuestión de intencionalidad en este caso, sino de hechos. Estas excusas de "yo no pretendía…" son absurdas y no tienen sentido. Aquí, Albert, relacionando la responsabilidad con el aborto otra vez. Parte de la base que el feto tiene derechos. Vuelvo a lo de antes. ¿Entonces también lo tienen los animales? ¿Si los animales no lo tienen porque son animales y el feto una persona en potencia, si vienen marcianos tampoco tendrían derechos?

Y vuelve sobre el tema antes mencionado:

"Dice Valín que no hay una relación causa-efecto entre poner en peligro a alguien y socorrerlo. Y es cierto, lo que hay es una relación causa-responsabilidad"

Esta "causa-responsabilidad" del autor es tan cierta como la de los ecologistas. Es colectivismo, es una relación arbitraria e inventada. El individualismo metodológico, tal y como lo entendemos los "austriacos", sólo establece relaciones de causa-efecto sobre el individuo. El autor aboga por un grado de socialismo o responsabilidades sociales, que en este caso son paternales o de los progenitores.

En mi nota anterior, afirmé que el autor de un crimen no tiene la obligación de entregarse. Albert afirma y pregunta:

"Desde luego el asesino tiene la obligación positiva de entregarse, pues no es más que el reverso del derecho de la víctima a aprehenderle (o de la ausencia de un derecho a huir). Decir que el asesino no tiene la obligación de entregarse equivale a decir que tiene derecho a huir, y un derecho a huir equivale implica un derecho a defenderse de quienes le impiden huir, lo que en última instancia significa que el asesino tiene derecho a defenderse de las víctimas que intentan ajusticiarle. ¿Está de acuerdo Valín con esta conclusión? Lo dudo."

No tienen una obligación individual de entregarse, pero sí social. Esto muestra más claramente el análisis anti individualista de Albert. En los comentarios, Judas apunta algo que iría por la respuesta correcta:

"Valín no sé, pero el resto del mundo civilizado sí. Y si no puedes pagarlo, te ponen un abogado de oficio".

Efectivamente, carece de sentido exigir a cualquier persona que no se defienda aunque no tenga razón. Albert lo juzga en un terreno colectivista, no individual. Es algo totalmente antinatural, por eso hay justicia. Si la responsabilidad colectiva fuese un axioma —tal y como pretende Albert y los pro–life— la justicia no existiría ya que todo el mundo se entregaría o ni siquiera cometería crímenes. Aquí llegamos a algo interesante sobre las contradicciones del análisis metodológico individualista (del liberalismo) y el de Albert que lo contrapone. La justicia (liberal) no responde a crímenes contra la sociedad, el rey o autarquía (origen del derecho penal), ni bienestar colectivo: sino contra el individuo.

El criminal, si huye de un crimen, pierde sus derechos en una zona concreta, pero deducir de aquí que el criminal no puede defenderse, en el campo de la justicia donde se diferencia significativamente del de la defensa, no tiene vínculo alguno. Una cosa es la defensa, otra el juicio. En ambos por eso, todos tienen el derecho negativo a defenderse y mantenerse con vida. En un juicio, no sabremos si el presunto criminal realmente lo es o no. Este es el problema de los ejemplos, no representan la complejidad de la realidad.

En su última nota, Albert sólo añade ejemplos a su teoría, pero no está respondiendo a lo que le pedimos:

  1. Cómo demuestra que la teoría pro–life no se sale del individualismo metodológico.
  2. Si extrapola las obligaciones negativas fuera del contrato —único lugar donde tienen sentido— cómo no puede aceptar otras teorías relacionadas con éstas.
  3. Cómo mide el autor dónde para la "responsabilidad" por la que aboga, para dejar invalidadas otras teorías que derivan del mismo principio colectivista, por ejemplo, el ecologismo. Expresado de otra forma, dónde está ese barómetro que mide las relaciones "causa–responsabilidad". ¿Qué es la responsabilidad para el autor?
  4. Si el feto es un ser vivo con derechos —en lugar de propiedad de la madre— por qué no se le puede aplicar lo mismo a los animales.
  5. Por qué la visión pro–life, o más concretamente la del autor, está por encima de la elección de los padres cuando el aborto no es un crimen.
  6. Quién es alguien para proclamarse valedor de la moralidad, o imponer que es lo realmente "responsable" fuera del análisis del individualismo metodológico o de las relaciones causa–efecto de la acción humana.
  7. Aquí añado una cosa. Teniendo en cuenta el carácter "utilitarista" de Albert en otros temas. ¿Qué ocurriría si el aborto tuviese un efecto positivo en la sociedad? Concretamente me estoy refiriendo a la visión de Steven Levitt y Stepehn Dubner. En Freakonomics, los autores apuntan que el aborto, en Estados Unidos redujo drásticamente el crimen ya que las abortistas eran en su mayoría pobres y personas de clases marginales. Al abortar, no nacieron potenciales criminales. No digo que comparta la idea, en realidad no es más que un análisis inductivista. ¿Cómo responde Albert a esto?

Yo no dudo del liberalismo de Albert Esplugas. Tampoco que no sea Anarcocapitalista, ¡qué lo es! Pero en este punto del aborto, recurre a una especie de responsabilidad colectivista que se sale del análisis liberal.

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viernes, abril 17, 2009

Aborto y positivismo jurídico. Réplica a Albert Esplugas

Albert nos brinda una nota sobre el aborto, el positivismo jurídico y responsabilidad paternal: "Obligaciones positivas, responsabilidad parental y liberalismo". Albert es Pro-Life, como muchas veces ha dejado claro (I, II, III, etc.). Desde el punto de vista del liberalismo, uno de los puntos flacos que tiene la opción Pro-Life es que, por fuerza, ha de aceptar el principio de los derechos positivos, y como dice Albert en su última nota: "la ética de la libertad está obviamente en conflicto con las obligaciones positivas que legitiman la violencia contra personas pacíficas". Sí, evidentemente.

Albert, esta vez enfoca el tema del aborto al revés, en lugar de considerar que el futuro niño tienen un derecho positivo, considera que el, o los padres tienen una obligación positiva con su hijo. Expresado de otra forma, una obligación positiva es lo que entendemos coloquialmente como "pagar las deudas" (imponer al deudor un acto determinado). Antes era lo que se llamaba vulgarmente obligación de un contrato. Generalmente, en el día a día y de forma más común, este concepto se aplica al comercio y mercado financiero como condiciones de un contrato, esta vez lo aplicamos a temas sociales.

A través de aquí, Albert elabora con ejemplos, y opiniones de otros autores, una teoría contra el aborto y algo que va más allá, la obligación de los padres a cuidar de sus hijos. Según Albert:

"[La obligación positiva] enlaza con la responsabilidad parental, concepto según el cual los padres estarían obligados a cuidar de sus hijos (el abandono debería ser legalmente prohibido) y las madres tendrían la obligación de dar a luz a su hijo una vez embarazadas (prohibición del aborto)".

En el caso de responsabilidad paternal, Albert va demasiado lejos a luz de lo que ha escrito. Según él, "los padres estarían obligados a cuidar de sus hijos" lo que significa que al nacer el niño, estos tendrían prohibido entregarlo a otra persona, a una organización benéfica (orfanato), venderlo a una familia que pudiese comprarlo en caso que los padres biológicos no tuvieran dinero para mantener al bebé y evidentemente niega totalmente la posibilidad de legalizar los llamados "vientres de alquiler". El término "abandono" que usa Albert como parte de la explicación, puede ser muy amplio. ¿Darlo a un orfanato no es abandono? Por otra parte, el derecho negativo de los padres no les obliga a alimentar a nadie que no lo tengan estipulado en un contrato. Puede sonar ruin e inmoral, pero la ética no toca temas morales, sino comportamientos del ser humano que se soportan sobre la justicia del derecho natural. La ética ha de ser lo menos intrusiva en la vida de las personas para no dañar su libertad, por eso no contempla actos morales. La ética, sólo valora lo que es un crimen y qué no lo es, para el resto, el mundo de la agresión: la política. ¿Si varios días extraviados en una montaña y con comida para unas horas, dos personas se ven ante la horrible situación de que uno muera de hambre, se ha de condenar al que permanece con vida? Puede ser inmoral tal vez, pero algo así no puede ser punible.

En el caso del aborto y responsabilidad paternal, Albert usa algo muy común en este tema, que es como una especie de contrato social aplicado a la familia o progenitores. Esto es muy importante, no hay contrato alguno entre un padre/madre y su hijo. Los padres cuidan de sus hijos —en casi el 100% de los casos— por un acto de responsabilidad, amor y devoción. Albert, pretende imponer el amor por ley. Es como el Contrato Social o el Estado del Bienestar. La gente paga las pensiones de otra persona no por amor y porque quiera, sino por el miedo a las represalias de la ley. El aborto no es un acto criminal, por tanto, no ha de ser criminalizado por la justicia.

Aquí hago un paréntesis —y luego seguimos con Albert— para señalar, lo más brevemente que pueda, algunos puntos de la opción abortista o Pro-Choice. Desde el punto de vista liberal, el término científico de cuándo hay vida y cuándo no la hay en un feto, no es especialmente importante. Hay algo más importante que desbanca este tema, y es que el feto se considera un agresor. Un delincuente que nos quiere matar también tiene vida, pero si le damos muerte o herimos defendiéndonos, no somos unos criminales. El tema del aborto sería algo similar. Antes de nada, hemos de comprender que la madre del futuro niño no lo quiere. Para ella, es un drama tenerlo. Para otros autores Pro-Choice, el feto es como un virus que transforma el cuerpo de la madre contra su voluntad y le "condena la vida" (por decirlo de alguna forma) a una serie de sacrificios que no está dispuesta a hacer o simplemente no se puede permitir.

Hemos de entender que el feto no puede asimilar sus derechos ni obligaciones, es propiedad de la madre. Afirmar que el feto tiene derechos, es como afirmar que también los tienen los animales.

El mantenimiento y desarrollo del feto roba la producción que fabrica y trata la madre. Esto es, se la quita sin su consentimiento. Si este "robo" es consentido por la madre, como ocurre la mayoría de veces, no hay problema alguno, todos contentos. El problema es cuando no es así. También, le crea importantes costes de oportunidad que la madre no puede rechazar por razones biológicas, lo que la convierte en una esclava del feto. Lo apuntado antes, si la madre quiere, no hay problema alguno. Por otra parte, la madre no tiene ningún contrato con el feto, pero éste le causa graves prejuicios (físicos, morales, económicos, etc.). No hay razón para que detenga tal agresión. Aunque probablemente no es una teoría políticamente correcta, ni por lo tanto popular, la opción Pro-Choice del liberalismo es bien clara: 1) el feto se enfrenta al principio de no-agresión. 2) El feto es propiedad privada de la madre y consecuentemente, puede hacer con él lo que quiera. 3) El feto no puede tener derechos ni obligaciones porque no disfruta de las condiciones necesarias como para entenderlos, reconocerlos, ni seguirlos.

Sigamos con Albert. Rebatirlo todo es imposible por tiempo, así que me centro en algunas cosas. Albert dice:

"El liberalismo sí contempla obligaciones positivas en los casos en los que un individuo sitúa a otro en una posición vulnerable o de dependencia. Por ejemplo: si soy el causante de un incendio en un edificio no tengo derecho a desentenderme de la gente que hay en su interior. Si lanzo a un lago a una persona que no sabe nadar tengo la obligación de socorrerle".

Bajo el imperio del derecho positivo (no liberal) tenemos la obligación de socorrer a cualquiera, pero hay excepciones. Si vemos que nuestra vida peligra, no hemos de hacerlo; en todo caso, llamaremos a la policía. Queme o no un edificio, si mi vida peligra, no tengo porque ayudar a nadie. Si tiro a alguien al agua y no sé nadar, ningún juez nos puede condenar por no tirarnos a ayudarle (sí que lo puede hacer por no pedir socorro). En el derecho natural, nadie tiene la obligación de socorrer a otro (bajo la excepción que lo tenga estipulado por contrato).

La verdad es que el que quema un edificio sin querer con gente dentro, tiene la misma obligación positiva que cualquier otro a socorrer a la gente, ninguna. Socorrer a alguien es un acto heroico, de solidaridad y altruismo. No se puede criminalizar a quien no sea así. Imponer la solidaridad o el heroísmo a punta de pistola (mediante la ley), va contra el derecho del hombre libre. Como se suele decir: el amor a punta de pistola no es amor, es una violación.

Al pirómano involuntario, se le puede acusar de dañar la propiedad ajena, matar a gente, tendrá que costear los gastos de los bomberos, seguridad que haya intervenido, gastos hospitalarios, etc., pero no tiene la obligación de socorrer a nadie. La supuesta obligación de socorrer a alguien tendría que ser es universal, no se puede aplicar a unos sí y a otros no. Aunque es un ejemplo hecho a medida para la explicación, las cosas no suelen ser tan claras en la realidad. Quien quema algo sin querer, lo primero que hace es intentar apagarlo hasta que se le descontrola. Tal vez se le descontrole por el azar, pero ¿y si las medidas de seguridad fallaron todas? El propietario de un bien, responde por el. Si los ceniceros estaban al lado de cortinas de hilo, los extintores vacios y las puertas de emergencia soldadas, ¿tal vez no tenga responsabilidad el propietario? Con esto quiero decir, que los ejemplos no suelen ser buenos amigos de las explicaciones. Las cosas son más complejas.

Aquí Albert suele recurrir a un texto de Williamson M. Evers, The Law Of Omissions And Neglect Of Children, que defiende (en palabras de Albert): "[que] si sitúas a alguien en posición de peligro incurres en una obligación positiva hacia esta persona o le debes restitución por no auxiliarle". Aquí ocurre algo que veremos inmediatamente abajo, en la primera parte no hay correlación causa–efecto: una cosa es poner en peligro a alguien y otra socorrerla. Son actos separados que no derivan el uno del otro. La unión de ambos, es totalmente artificial. ¿Si defendiéndome de un agresor armado, lo lesiono fatalmente de forma involuntaria en el forcejeo, he de socorrerlo? La segunda parte de la explicación, "le debes restitución por no auxiliarle", no es porque el culpable tenga la obligación positiva de hacer nada, sino porque es parte del castigo (indemnizar a la víctima). De hecho, si no lo haces, no te caerá un rayo divino. "Sólo" tendrás que hacerlo si la justicia te atrapa. Por la misma lógica, ¿si matamos a alguien, hemos de entregarnos? Claro que podemos hacerlo y eso irá de nuestra parte, pero de matar a alguien no deriva que nos tengamos que entregar. Lo que no teníamos que haber hecho es matar a nadie. Este concepto de ayuda obligatoria, o como lo usa Albert, de obligación positiva en el caso de la justicia sobre temas no comerciales donde no hay contrato, se creó para minimizar los desastres y catástrofes de cualquier tipo, pero no obedece a una relación de causa-efecto. También es usada en obligaciones del Estado con sus ciudadanos (preservar la seguridad por ejemplo), pero ese es otro tema. Aplicada al individuo es un concepto intrusivo que va en contra de la libertad individual, al menos hasta el punto que alguien la impone.

En este sentido Albert hace una pirueta lógica con el aborto:

"En este sentido [caso del pirómano involuntario y del que no sabe nadar] puede argüirse que el no-nacido (o el bebé, o el niño) están en una posición vulnerable/dependiente por causa de la acción voluntaria de sus progenitores, luego estos han incurrido en la obligación positiva de cuidar de él hasta que abandone dicho status".

Primero, no queda claro que sea algo voluntario tener el niño. Tal vez la pareja buscaba otro tipo de finalidad más a corto plazo. Albert suele decir que el feto no es un agresor, "sino más bien un invitado". Si los padres lo quieren tener y no se arrepienten sí, de lo contrario no, es un agresor que vive de la producción de otra persona. También, el autor suele decir que los progenitores "sabían los riesgos a que se exponían". Sí, a contraer una enfermedad o varias, a que la chica o mujer quedara embarazada, a que alguno de los dos se cayera de la cama y se luxase la espalda, etc. Una de las consecuencias es el embarazo. Los problemas o alegrías que genera son las diferentes elecciones: casarse, tener al hijo, abortar, etc.

Establecer como causa, el sexo, y como efecto estar esclavizado a cuidar de un feto, es una relación moral y artificial. No deriva éticamente ni naturalmente la una de la otra. Puede ser un error, pero por un error no se puede criminalizar a nadie que no haya cometido un acto ilícito contra ninguno de los pilares del derecho natural. Y a todo esto. ¿Si la mujer aborta; la pareja, esposo, novio, etc. también es culpable de un crimen?

Albert vuelve a establecer una relación causa–efecto moral con la "obligación positiva de cuidar" al "no-nacido" hasta que la madre dé a luz. Lo dibuja como si fuera un pseudo–contrato o ley superior al ser humano. Rotundamente, ni el Contrato Social es un contrato, ni lo es acostarse con nadie.

Las obligaciones positivas sólo sirven para contratos expresos de las partes, y en el caso de uso de la fuerza (justicia), para damnificar a las víctimas y compensarlas después por el perjuicio ocasionado. Extrapolar los derechos positivos al "no-nacido" carece de sentido ya que éste, no puede firmar nada ni dar su consentimiento en un contrato. Tampoco son aplicables las obligaciones positivas contra el aborto, porque éste no es un crimen, es una opción legítima de la madre o padres.

El tema es muy largo y la nota de Albert, toca muchas otras cosas. Creo que lo esencial ha sido esto, para el resto, los comentarios, o un post en otro blog, claro (por favor, no me pongáis el ejemplo surrealista del violinista, aviadores ni tipos raros que se dedican a tirar al agua a gente que no sabe nadar).

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domingo, marzo 08, 2009

Aborto para menores. La arbitrariedad del Gobierno

A diferencia de otros liberales, no creo que los temas personales, como el aborto, tengan que ser sometidos a la opinión de la mayoría. Es un acto individual como casarse, tener un hijo o veinticinco, comprarse una casa o hacerse una operación de cirugía estética. La mayoría no pinta nada aquí.

Creo que una chica de 16 años tiene el derecho a abortar si lo considera oportuno. Este derecho ha de ser extendido a cualquier otra edad. Por otra parte, creo que ha de ser un acto responsable, esto es, realizado exclusivamente con dinero del interesado o con el dinero que pueda conseguir éste mediante créditos, ayudas de amigas y amigos, familiares, o las organizaciones que se presenten. Expresado de otra forma, el derecho al aborto — la opción pro choice— es un derecho negativo, no positivo. Una persona individualmente puede tener el derecho a abortar, pero de aquí no se desprende que se lo tenga que pagar otro contra su voluntad.

Va contra la ética del derecho natural que lo pague el Estado, esto es, que se financie con el dinero de otra persona a la que el Gobierno ha arrebatado el dinero mediante el robo, impuestos. No sólo por el crimen que supone, sino porque esto implica que el aborto de una chica de 16 años lo puede estar pagando un antiabortista.

Lo que es sorprendente de este Gobierno, y cualquier otro, es la frivolidad, incoherencia e irresponsabilidad con la que trata el tema con el único propósito de obtener votos a toda costa. Está bien dar libertad a los jóvenes, pero no sólo aquellas libertades que dan votos o favorecen a lobbies afines al Gobierno, sino todas. Una chica de 16 años podrá abortar sin el consentimiento de sus padres, esto es, se la considera responsable y adulta, sin embargo:

  • Necesita el consentimiento de sus padres para algo tan banal como hacerse un piercing (en algunas partes de España).
  • No pueden tatuarse sin el permiso de sus padres.
  • No pueden conducir.
  • No pueden sacarse la licencia de armas de fuego. Esto es, se les veta ciertos deportes.
  • No pueden beber algunas bebidas alcohólicas.
  • No pueden fumar.
  • No van a la cárcel si comenten algún delito. ¿Un menor es suficientemente adulto (responsable) para abortar, pero no para ir a la cárcel si mata a alguien?
  • No pueden ver ciertas películas o contenidos solas.
  • No pueden entrar en algunos locales por ley, aunque el dueño les quisiera dar permiso.
  • No pueden ejercer ciertos oficios "inmorales" (stripper, escorts…).
  • Y un sinfín de cosas más…

El ministro de Sanidad, Bernat Soria, defendió el aborto con unas palabras que estuvieron resonando durante días: "sobre mi cuerpo decido yo, no la Iglesia ni ningún partido". Si fuese una persona coherente, inmediatamente de afirmar algo así habría levantado la prohibición a todas las drogas y desregulado el consumo de alcohol, tabaco y cualquier tipo de alimentos. Ah no, eso le habría restado votos ante sus simpatizantes adictos a la vida sana. No sólo son adictos a la vida sana, que me parece muy bien, sino que se proclaman jerarcas del resto de personas con derecho a decidir sobre las vidas de los demás. Son tiranos. Los que estamos a favor del gran lema "vive y deja vivir" somos enemigos públicos para ellos.

Los políticos jamás han trabajado para defender al ciudadano, a la mayoría, a las minorías ni darles un ápice de libertad, todo lo contrario. Sólo se dedican a contentar a lobbies, recaudar cuanto más dinero mejor, para aumentar sus riquezas y crean una sociedad enfrentada donde cada grupo intenta prohibir al otro qué hacer. La democracia, y muy especialmente el Estado del Bienestar, es la ley de la jungla; el de sálvese quien pueda, el de la irresponsabilidad y el vivir a costa del resto de la sociedad. Un sistema así no es sostenible a largo plazo, ni deseable a corto plazo. Tal vez sería hora de aprender que lo mejor es que cada uno haga lo que quiera asumiendo siempre su responsabilidad para manejar sus problemas como buenamente pueda sin necesidad de imponer nada a nadie



ACTUALIZACIÓN.

José M. Guardia, ha apuntado en su blog (Barcepundit) unas palabras de Aido, ministra de igualdad. La señora ha dicho que si una mujer tiene derecho a casarse a los dieciséis, también tiene derecho a abortar. Como afirma Guardia, una menor no puede casarse libremente, necesita el permiso de sus padres, pero es que además, la ministra no hace más que demostrar su incapacidad lógica.

Lo que ha dicho es una falacia, un non sequitur. De no ser así, preguntémonos ¿tiene más derechos una mujer casada a abortar que una que no lo esté? Absurdo. El tema no va por aquí.

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